INDICE

 

 

 


CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE TRANSFORMACION

 

PROPUESTAS PARA LA REFORMA FISCAL CONVOCADA POR LA COMISION DE HACIENDA DE LA H. CAMARA DE SENADORES

 

OCTUBRE 21 DE 2003

 

 

INTRODUCCION

 

La Cámara Nacional de la Industria de Transformación (CANACINTRA) agradece a las Comisiones de Hacienda del H. Congreso de la Unión, su invitación para participar en esta  convocatoria  de reformas  al sistema tributario mexicano.

Aprovechamos esta oportunidad que se nos brinda para contribuir  al esfuerzo que,  conjuntamente con todos los demás gremios empresariales y productivos, con los representantes de los sectores laborales, económicos, académicos,  profesionales, y con el concurso de todos los gobernadores y de las más altas autoridades hacendarias y financieras del país,  pretende resolver algunos de los problemas que más  preocupan y que, ciertamente, están   colocados prioritariamente en la agenda pública de la nación.

Esta iniciativa es una de las más  importantes que la sociedad mexicana ha venido reclamando durante largo tiempo, pues es verdaderamente urgente  que  el Estado fortalezca sus finanzas y, con ello, tenga plena capacidad para  cumplir satisfactoriamente con sus obligaciones indeclinables: el proveer de servicios básicos a la sociedad, entre los que se destacan de manera señalada la educación, la salud, la seguridad y el empleo.

Entendiendo que eso no será posible si el Estado no cuenta con los recursos suficientes para promover,  apoyar e incentivar la inversión productiva nacional, y la extranjera, atendemos con gusto este llamado pues, de tener éxito la iniciativa, no dudamos que sus consecuencias  fortalecerán el Estado democrático, el Estado de Derecho y el Estado social que los tiempos actuales reclaman.

Por lo anterior, presentamos a la consideración de las Comisiones de Hacienda del H. Congreso de la Unión el presente documento de:

 

PROPUESTAS

 

 1. Disminuir las tasas del impuesto sobre la renta (ISR). De las empresas del régimen general de ley al 25%, de las Pymes al 12% e implementar un sistema de tasa diferenciada (monotributo) sobre los ingresos para las más pequeñas o microempresas.

 2. Simplificar el esquema de retenciones del ISR a los asalariados  mediante la   integración de las 50 actuales (las del propio impuesto, más las del subsidio acreditable y  del crédito al salario ) en una sola tarifa .que contenga bastantes rangos de ingresos y tasas verdaderamente progresivas.

 

 3. Atraer a la enorme masa de potenciales contribuyentes, de la llamada economía informal, es de capital importancia para la economía y para el desarrollo de una cultura cívica y fiscal, necesaria para la salud de la República y para su gobernabilidad. Ello puede lograrse, al mediano y largo plazos, si se implementa un sistema recaudatorio, justo e inteligente,  dirigido a las micro y pequeñas empresas que consista en el cobro de un monotributo.

 

Las obligaciones fiscales de este sector de la economía informal, pero también del de la economía formal,  podrían ser recaudadas y administradas por los municipios y delegaciones de manera tal que, a la par de  fomentar  el desarrollo de la conciencia tributaria de este universo de empresas, se obtengan los recursos suficientes para invertir en la  infraestructura de sus áreas geo-políticas.

    

4. Eliminar limitantes a las deducciones en gastos e inversiones, considerando con un criterio moderno y progresista el concepto de "estrictamente indispensables"

5. Eliminar al máximo posible los requisitos formales de los comprobantes fiscales.

6. Homologar la tasa del IVA al 10% a todas las actividades; eliminar los regímenes especiales; gravar alimentos y medicinas con la tasa del 4%, manteniendo exentos un grupo de básicos, determinados por la H. Cámara de Diputados, y gravando con la tasa del 0% únicamente a las exportaciones directas e indirectas.

7. Abrogar el Impuesto al Activo. Porque es un impuesto muy complejo, poco recaudador y desalentador  de la inversión productiva.

8. Substituir el Impuesto sobre la tenencia o uso de vehículos por un impuesto sobre el consumo de gasolinas.

9. Abrogar el Impuesto sobre Producción y Servicios. Porque es un verdadero impuesto al consumo que además forma parte de la base del IVA.

10. Derogar el Impuesto sobre Automóviles Nuevos. Porque desalienta la inversión en estos bienes muebles y por ende perjudica a la industria automotriz.

11. Eliminar el Impuesto Sustitutivo del Crédito al Salario. Por  anticonstitucional.

   

12.Perfeccionamiento del marco legal tributario. Trabajar ardua y permanentemente para fomentar en las autoridades administrativas un verdadero respeto a las garantías individuales en general, pero sobre todo a los principios constitucionales de proporcionalidad y equidad; de seguridad jurídica mediante la aplicación de leyes más claras, justas y permanentes, eliminando las misceláneas fiscales; los de eficiencia y economía recaudatoria, para lo cual deberán prevalecer la simplicidad, la facilidad y la accesibilidad para el pago de las contribuciones.                       

 

     El desarrollo  conceptual de estas propuestas lo hacemos en el cuerpo de este documento.

 

BREVE DESCRIPCION DEL SISTEMA TRIBUTARIO ACTUAL

 

El sistema tributario mexicano tiene su fundamento en el artículo 31, fracción IV Constitucional, mismo que consagra las garantías en materia tributaria otorgadas en favor de los gobernados, las cuales son las siguientes: Proporcionalidad,  Equidad y  Legalidad

 

Todas las disposiciones fiscales deberán cumplir con las citadas garantías, a fin de que sean constitucionalmente válidas.

 

La proporcionalidad, equidad y legalidad representan una salvaguarda para los contribuyentes, y paralelamente, un límite, tanto para el legislador cuando se aboca a establecer gravámenes de cualquier tipo, como para las autoridades tributarias en el momento de determinarlos y hacerlos exigibles.

 

La recaudación de impuestos en México es considerablemente menor en comparación con otros países (principalmente de la OCDE). Históricamente, la razón de los ingresos tributarios a PIB se ha mantenido por debajo de 12%.

 

Pero a pesar del marco legal que nos rige y estando considerado nuestro pais, desde el punto de vista macro económico,  dentro de las diez primeras economías del mundo, paradójicamente, el sistema impositivo actual es verdaderamente tortuoso y carente de seguridad jurídica a la par de inequitativo, injusto, costoso  y, por lo mismo, improductivo e incompetente. Es decir, no nos está permitiendo, como país, competir con ventajas pero, ni siquiera en igualdad de circunstancias  con los  países con los cuales sostenemos intercambios comerciales importantes.

 

Lo anterior se  alimenta por el abuso que las autoridades fiscales han hecho, de sus facultades legales, extralimitándolas con disposiciones burocráticas retardatarias   -producto de su crónica desconfianza hacia los contribuyentes- tales como las llamadas misceláneas y la no muy conocida y poco difundida "Normatividad",  que también perjudica a los negocios y a los contribuyentes por su  falta de sustentación y seguridad jurídicas.

 

Adicionalmente, la Autoridad hacendaria no ha hecho, ni hace, esfuerzos verdaderamente significativos en el  combate al contrabando, a la piratería, a la evasión y elusión fiscales; tampoco ha demostrado una importante elevación de la eficiencia del aparato recaudatorio; la simplificación administrativa clama por su ausencia; y, no se hable de la  nula  ampliación del universo (base) de contribuyentes mediante la incorporación al esquema tributario de la llamada economia informal, etc. Vaya, hasta ahora, ni siquiera  han sido señaladas metas y métodos en ese sentido.

 


Más aun, excepto en algunos aspectos relativos al ISR, las modificaciones tributarias aprobadas por el Congreso al cierre de 2001 no han cumplido con los objetivos planteados en esas enmiendas, a saber:

 

a) Recaudar el ingreso suficiente para financiar el gasto público sin tener que recurrir al endeudamiento gubernamental excesivo.

 

b) Elevar el ingreso público en forma equitativa   minimizando las distorsiones que generan los impuestos en la actividad económica.

 

c) Simplificar la administración y recaudación tributaria.

 

Existen estudios del Banco Mundial que calculan que son 8 ó 10 puntos del PIB  (casi la misma cantidad, en pesos, de lo que ahora se cobra de impuestos) los que se podrían recaudar si se ingresara al padrón de contribuyentes a los que integran la economía informal, si se combatieran en serio el contrabando y la corrupción, se eliminaran los regímenes fiscales preferenciales y si los contribuyentes tuvieran la percepción de: a) que sus impuestos se administran y aplican eficientemente, b) que el gobierno fuera austero, c) que las autoridades de hacienda fueran eficientes y d) de que el sistema de coordinación fiscal verdaderamente sirviera para redistribuir la riqueza.

 

La crisis económica que se generó en los inicios de los 80«s, en adición al pobre desarrollo cultural y de valores cívicos, favoreció el desarrollo de una economía subterránea que, en sus orígenes, funcionó como un escape a la presión social generada por los años de crisis económica, permitiendo que sectores menos favorecidos pudieran resolver momentáneamente su precaria situación generada por la pérdida del empleo y la alta inflación que erosionó el poder adquisitivo de sus magros ingresos.

 

 Sin embargo, lo que surgió como una situación coyuntural, posteriormente fue aprovechado por algunos sectores como canal de generación de recursos sin el respectivo pago de impuestos, tomando ventaja de las condiciones desfavorables de  otras fracciones de la población. Esta situación también ha alcanzado a actuales y nuevos empresarios frustrados ante la compleja red de regulaciones y la tramitología burocrática  que les impide desarrollar su actividad económica en la formalidad.

 

Ante este sombrío escenario, surge la necesidad de establecer un régimen simple (que más adelante propondremos), que facilite el cumplimiento para este amplio sector de la economía, cuyo efecto en la obtención de recursos no será necesariamente despreciable, aunque en el corto plazo el impacto recaudatorio será más bien modesto.

 


El objetivo primordial del gobierno en turno, que era alcanzar tasas de crecimiento anual de 7% (expectativa reducida dramáticamente al aceptarse la cruda realidad vivida),  para elevar sustancialmente la generación de empleos e incrementar el nivel de vida de la población, en tres años no ha sido satisfecho pues  ha dependido, en gran medida, de la realización de grandes reformas estructurales dentro de las cuales se encuentra una reforma fiscal (hacendaria) eficaz, que permita al gobierno contar con recursos para financiar el gasto social básico en infraestructura, educación y salud, sin poner en riesgo la estabilidad macro económica.

 

La falta de  fortaleza de la recaudación tributaria  se ve agravada por el efecto o influencia de la corrupción. La corrupción es un impuesto oculto, sobre la inversión productiva. Lo que limita el crecimiento económico.

 

Tradicionalmente, en México, la evasión fiscal, el comercio informal  y el contrabando han sido un freno (convertido ahora en un cáncer casi terminal) al progreso, afectando tanto a los particulares como al Estado, creando distorsiones económicas importantes, en ambos sectores. Asimismo, la inseguridad jurídica del contribuyente por las deficiencias en el estado de derecho referido a la actividad económica, ha inhibido la inversión y el desarrollo del país.

 

La debilidad de las finanzas públicas, además, no permite eliminar los déficit gubernamentales. Por lo contrario, la inexistencia de esos déficit cancelaría la presión gubernamental sobre la demanda de crédito, liberando recursos financieros para la inversión privada, pues la carencia de crédito en la economía es otro aspecto que limita el crecimiento de la inversión privada. Resulta paradójico que el notable descenso del costo de capital en México no esté acompañado de una reactivación significativa del crédito bancario.

 

Al  formar parte de las características institucionales de la economía de los países, los esquemas tributarios pueden impulsar o retardar el crecimiento, ya que representan el conjunto de incentivos, o dificultades, para la toma de decisiones de personas y empresas. Evidentemente, en México, por décadas, el sistema tributario no ha estado presente con esas características pro activas pero sí con las retardatarias.

 

 

ASPECTOS BASICOS QUE DEBE CUBRIR UN EFICIENTE SISTEMA FISCAL

 

La historia evidencia que los gobiernos no pueden funcionar sin recaudar impuestos de la población; los recursos así obtenidos tienen el propósito esencial de financiar el gasto público.

 

Dada la importancia de los impuestos en la vida económica de los países, es preciso que los sistemas tributarios  cumplan con dos requisitos o  principios básicos: el de eficiencia y el de equidad.

 

La experiencia reciente de los países desarrollados, y la de algunos adelantados en vías de desarrollo, ha demostrado que un impuesto directo, con variadas excepciones, como lo es el ISR, tiene un bajo potencial recaudatorio comparado con un impuesto general al consumo, como el IVA. Por lo que, al acotarse la recaudación tributaria cuando se elige un impuesto de menor potencial recaudatorio, se limita el gasto público, lo que es lamentable si se trata de proyectos de inversión y gasto social. 

 

Sin duda, de acuerdo con la tendencia internacional actual más exitosa en materia de impuestos es darle una importancia secundaria al ISR y depender menos de él. En cambio, dársela primordialmente al ingreso por impuestos al consumo porque es una vía expedita para favorecer la formación de capital. Un impuesto al consumo, como el IVA, sólo grava aquella fracción del ingreso que se destina al consumo, evitando la distorsión sobre el rendimiento del ahorro para las personas, y de la inversión para las empresas. De ahí la importancia para México de reconsiderar la aplicación del IVA a alimentos y medicinas, bajo ciertas excepciones.

 

Cabe resaltar que la sustitución de impuestos al ingreso por impuestos al consumo contribuye a elevar la propensión al ahorro en la economía, al no gravar el ingreso no consumido.

 

Elevar el nivel de ingreso en México es un objetivo postulado por la administración actual y está considerado como propósito fundamental del Plan Nacional de Desarrollo.

 

Sin profundizar en el tema,  conviene recordar que los impuestos al consumo (como el IVA), son superiores a los impuestos al ingreso (ISR) en materia de promoción del ahorro. De acuerdo con estudios del Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas, A. C. (IMEF) las razones son de índole técnica y pueden resumirse así:

 

a)    "Los impuestos al ingreso disminuyen la tasa de rendimiento del ahorro frente a los impuestos al consumo, ya que el ahorro no es gravado por estos últimos.

 

b) "Los impuestos al ingreso son más progresivos que los impuestos al consumo, por lo que los primeros reducen el ingreso disponible en mayor medida que los impuestos al consumo.

 

"Esto nos lleva a subrayar la conveniencia de revisar la propuesta de ampliar la base del IVA en el Congreso de la Unión. Las finanzas públicas se fortalecerán en la medida en que desaparezcan los tratos preferenciales, las excepciones y los regímenes tributarios especiales y, en su lugar, se recurra a esquemas generales de tributación indirecta, cuya mayor eficacia recaudatoria frente a otras alternativas ha sido constatada por la experiencia de muy diversos países. Y, además, un impuesto general al consumo, como el IVA, no altera las decisiones de ahorro e inversión, lo que es de extrema importancia en una economía caracterizada por la insuficiente generación de ahorro interno, como la nuestra.

 

"Sin embargo, no hay que desestimar la realidad nacional respecto de la restringida capacidad de compra de la mayor parte de la población, a quien un impuesto al consumo a tasa generalizada y sin excepciones restringiría aun más su limitado poder adquisitivo.

 

"En este sentido, se hace indispensable gravar a tasa 0% de IVA a los alimentos y medicinas básicos y en estado natural; aquellos que salgan de esa "canasta" básica privilegiada, deben quedar gravados a tasas reducidas iniciales para que vayan ajustándose de forma anual y paulatina.

 

"Considerar estímulos temporales y efectivos al ahorro, empleo e inversión productiva regional y sectorial, es de trascendente importancia, con el fin de incrementar la actividad industrial, comercial y de servicios, para que la mayor actividad lleve a una masa económica creciente con más capacidad contributiva, tanto por su tamaño conjunto como por la capacidad individual del contribuyente.

 

"Una mayor recaudación sobre una base más grande de contribuyentes, entendiéndose por esto la ampliación de la base tributaria que conlleva, además, una reducción de la evasión y del comercio informal, a través de una reforma fiscal integral es una acción impostergable que deben seguir todos los actores económicos involucrados, pues el ingreso adicional al erario público traerá consigo:

 

a)        Balance de las finanzas públicas, con posibilidades de obtener superávit anuales asignables a estrategias de desarrollo.

 

b)        Estrategias para la sustitución de los ingresos petroleros que actualmente cubren un alto porcentaje del gasto público, y reasignarlos al desarrollo económico y social del país.

 

c)         Mayores recursos para aplicarlos a reducir el rezago histórico existente en educación, salud, combate a la pobreza y seguridad.

 

d)        Democratización de la carga contributiva, al distribuirla entre mayor número de contribuyentes con menor carga individual.

 

e)        Mayor posibilidad de federalización de las cargas tributarias.

 

f)          Menor competencia del Estado con los particulares por obtener, vía crédito, los recursos provenientes del ahorro privado.

 

g)        Estructuras fiscales y tributarias firmes que consoliden la inversión privada, den estabilidad a las empresas y promuevan la actividad productiva que beneficie a la sociedad en su conjunto".

 


PROPUESTAS CONCRETAS DE LA CANACINTRA

 

En consonancia con la  mayoría de las propuestas que importantes sectores económicos y sociales del país han venido manifestando, desde hace bastante tiempo, y reiteradas hoy más que nunca, la CANACINTRA hace suyas todas aquéllas que  pudieran enriquecer el debate para abrir el camino hacia la configuración de una nueva hacienda pública que refleje una verdadera política  de Estado de largo alcance que sirva para sustentar el desarrollo constante y con crecimiento del país.

 

I. IMPUESTO SOBRE LA RENTA

I.1 Disminución de la tasa del ISR a las empresas. De acuerdo con estudios de la OCDE, la mayoría de los países que la integran aplican a las empresas tasas diferenciadas del impuesto sobre la renta siendo las más significativas, por su impacto competitivo inmediato, las de nuestros socios norteños: Estados Unidos 35% (tasa general) y 15% a las PyMES; y, Canadá 29% (tasa general) y 13% a las PyMES.

 

En los últimos años el gasto de gobierno ha tenido una tendencia descendente, de tal manera que, en 1980 fue del 25% del PIB, mientras que, para el bienio de 1999-2000 fue del 15.5% del PIB.

         

Comparativamente, el nivel de gasto público en México está por debajo de los países miembros de la OCDE cuya tendencia en 1996 fue la siguiente (como porcentaje del PIB):

 

Francia     54.5

Bélgica     54.3

Italia         52.9

Holanda   49.9

Alemania 49.0

 

El bajo nivel de los ingresos tributarios en México es una motivación central para realizar una reforma integral al sistema impositivo del país. México, tiene características particulares como su regresivo perfil en la distribución del ingreso, los altos niveles de subempleo, el tamaño del sector informal, un sistema impositivo débil y desequilibrios regionales importantes que impiden aumentar su recaudación tributaria.

 


En los últimos años, los ingresos tributarios han ido a la baja ya que en 1998 representaron únicamente el 10.7% del PIB, cuando en 1993 eran del 11.3%.

 

El sistema tributario mexicano ha incurrido en ineficiencias en la recaudación. Solo por citar el ejemplo del IVA las pérdidas que generan las exenciones y excepciones significan que de cada peso que se podría recaudar, sólo se ingresa al erario público 59 centavos (UEFP de la SHCP).

 

Creemos firmemente que al reducir la tasa general aplicable a las empresas al 25%, aplicarle una del 12% a las PyMES y una cuota fija a los más pequeños, no tan solo se lograría una mayor equidad contributiva y mejores condiciones de competitividad, sino un aliciente enorme a la inversión productiva que, a su vez, genere el círculo virtuoso de una economía nacional dinámica que cree empleos, bien remunerados, que satisfagan de manera importante su  creciente demanda  y, por ende, que la población en general adquiera una mayor capacidad de consumo, ahorro e inversión,                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                        

 

Además, de aplicarse dichas tasas, se podrían eliminar con mucho menor dificultad los llamados regímenes especiales y la enorme cantidad de exenciones tributarias que limitan la capacidad financiera del gobierno, a fuer de mantener una serie de injusticias e inequidades tributarias.

 

I.2 Simplificación de las tarifas del ISR a los ingresos de las personas físicas y eliminación del Subsidio y del Crédito al Salario. Facilitar el cálculo, retención y entero del impuesto sobre la renta a cargo de los trabajadores y de las personas físicas en general, impactaría a la baja los costos administrativos de los contribuyentes y, sin duda, beneficiaría de forma importante la recaudación de este tributo.  Ello es lógico  porque a menores costos su correspondiente es una mayor base gravable. Pero, además, serviría como incentivo para que los que no están contribuyendo lo hagan de manera voluntaria, incrementándose así la tantas veces mencionada "base fiscal de contribuyentes".

 

Las tarifas aplicables a las personas físicas constituyen la columna vertebral del sistema fiscal en el ISR.

 

Quizá México tiene el dudoso honor de contar hoy en día con uno de los sistemas más complejos y cambiantes del planeta. Existen tarifas, tablas de subsidio y crédito al salario que deben aplicarse para determinar el impuesto personal de los trabajadores de una empresa.

 

Es importante mencionar que dichas tarifas se actualizarán cuando la inflación observada acumulada desde la fecha en la que se actualizaron por última vez, exceda del 10% y se actualizarán en el mes de enero siguiente.

 


Lo anterior representa un grave problema, toda vez que los pagos provisionales mensuales se calculan con dichas tarifas, por lo que en caso de una inflación considerable, los pagos provisionales no reflejarán la realidad económica de los contribuyentes.

 

El problema más agudo es para los asalariados y el impacto más visible es el de las llamadas prestaciones de previsión social, las cuales no están sujetas al pago del impuesto. Estas prestaciones son las que influyen y complican todo el sistema de retención, siendo que además consideran elementos subjetivos difíciles de poder identificar, provocando que al común de los trabajadores le resulte prácticamente incomprensible el sistema.

 

Ante ese escenario, es imprescindible  la necesidad de introducir una sola tarifa, con más niveles y desde luego más realista, tarifa que grave todos los ingresos en efectivo y en especie que se entregan a los trabajadores; de esta forma se acabaría muy probablemente con todas las prestaciones dudosas, incluyendo las llamadas de previsión social que no tengan una verdadera justificación..

 

Por otra parte, el problema de la capacidad contributiva es también un tema delicado que prácticamente desconoce el sistema vigente, pues sólo permite y ello sólo a nivel anual, no mensual, la deducción de los honorarios médicos y dentales, así como de los gastos hospitalarios, los donativos y los intereses reales pagados por créditos hipotecarios para casa habitación.

 

En resumen, uno de los cálculos de impuesto más complejos de efectuar es el del impuesto sobre la renta por concepto de salarios, cuando por sentido común, debiera ser un procedimiento claro y sencillo.

 

Nuestra propuesta, en fin, es que en la Ley del Impuesto sobre la Renta se implemente una sola tarifa, no tres, la cual sería aplicable para todos los ingresos en efectivo y en especie, eliminando la influencia de cualquier tipo de prestaciones, sobre todo de las llamadas de previsión social que, en muchos de los casos, tienen su origen en sindicatos de dependencias gubernamentales, empresas paraestatales y algunas empresas del sector privado, las cuales con el tiempo fueron logrando un gran número de beneficios de previsión social, por los cuales la autoridad fiscal no ha logrado que queden gravados por el enfrentamiento que supondría con los mencionados sindicatos.

 

La estructura que debe tener esa tarifa, debe considerar niveles o rangos amplios progresivos de ingreso;  qué tasa de impuesto debe aplicarse a cada nivel y cuál debe ser la tasa máxima que contenga.

 


También,  la tarifa única podría considerar el efecto que produce el denominado "crédito al salario", puesto que dicho concepto produce en esencia, una reducción impositiva a las personas físicas; no obstante, en forma gradual debería  desaparecer el efecto de dicho elemento en la tarifa única.

 

I.3 DEDUCCIONES AUTORIZADAS

 

La Ley del Impuesto sobre la Renta impone diversas limitaciones para la deducción de ciertos gastos e inversiones, que no tienen justificación de ser y presentan problemas para la operación de las empresas.

 

Existen gastos e inversiones parcial o totalmente no deducibles, en razón de que se han presentado abusos por parte de algunos contribuyentes, o bien, porque el fisco no ha hecho una buena labor de fiscalización y ha sido más fácil simplemente prohibir su deducibilidad, o por razones meramente recaudatorias que resultan injustas para los contribuyentes que tienen necesidad de efectuar esas erogaciones.

 

Lo anterior ha traído como consecuencia que exista un divorcio entre los resultados contables y los fiscales, al llegar a ser totalmente diferentes. Esto, aunque estrictamente no es incorrecto, sí presenta el problema de que los resultados operativos, que son los reales y determinantes de la capacidad contributiva del contribuyente, no guardan una debida y conveniente relación con la base sobre la que se calcula el impuesto sobre la renta.

 

I.3.1  Eliminación de limitantes a la deducción de los consumos en restaurantes. El artículo 32 fracción XX permite la deducción del 25% de los consumos en restaurantes. Fue a partir de 1991 que la ley dispuso la no deducibilidad total de este concepto, situación que prevaleció hasta 2001. El origen de la limitante fue considerar que, por un lado, se prestaba a abusos por parte de los contribuyentes y por el otro, de la percepción de que en el sector restaurantero existía una evasión importante.

 

La posible evasión en el sector, es un problema que no debe solucionarse castigando a las empresas que requieren de estos servicios, sino mejorando los sistemas de fiscalización y control.

 

El hecho de que algunos contribuyentes hayan abusado de estos gastos, tampoco es justificante para contemplar su deducción limitada al 25% para la generalidad de los causantes.

 

 Una de las reglas más respetadas internacionalmente, respecto de las deducciones de gastos, estrictamente indispensables para la obtención de los ingresos de los contribuyentes, es la que se refiere a la simetría ó proporcionalidad de los impuestos. Es decir: "uno acumula y otro deduce".

 

Esta sencilla regla ayuda a que los sistemas fiscales sean más justos y equitativos amén de permitirle a las autoridades hacendarias, en el caso que nos ocupa, una mayor y mejor fiscalización de las empresas dedicadas a esta actividad.

 

También, pero sobre todo, esta medida ayudaría a dinamizar la economía del país porque esta rama es altamente generadora de empleos directos e indirectos y no hay duda que estableciendo, quizás, un tope razonable por comensal, y al  permitirse el 100% de deducibilidad en los consumos en restaurantes,  incentivaría la creación de muchos negocios,

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I.3.2 Eliminación de limitantes a la deducibilidad de automóviles. Una medida muy importante de la autoridad, el año pasado, fue haber quitado el requisito de la leyenda "automóvil utilitario". Es factible que al permitir la deducción al 100% de estos vehículos, sin importar su valor, la industria automotriz dinamize sus ventas, incrementando sus utilidades y pagando mayores impuestos directos e indirectos que estas inversiones conllevan. Desde luego, no olvidando que esta medida también ayudaría crear empleos.

 

 

 

II. ESQUEMA DE TRIBUTACION PARA MICRO Y PEQUEÑOS EMPRESARIOS

 

II.1 Tiene por objeto incorporar a estos empresarios  a la formalidad, permitiéndoles que a través de una recaudación reducida abandonen la economía informal, y con ello, sentando las bases para su desarrollo futuro. Este esquema también se puede dirigir también a los micro y pequeños contribuyentes  que desean iniciar un pequeño negocio, y que enfrentan la complejidad del régimen vigente que los desestimula a entrar en la formalidad.

 

II.2  Al incorporarlos a la formalidad mediante un esquema accesible, que los aleje del pillaje de la corrupción burocrática y de la explotación de los líderes desleales, se daría inició a un circulo virtuoso que redundaría en controles y censos sobre los componentes de dicho sector, permitiéndoles tener acceso a servicios y facilidades que apoyen su desarrollo, incrementando su productividad y favoreciendo su tránsito de micro y pequeña empresa a la empresa mediana, todo ello dentro de la formalidad.             

         

II.3  Este planteamiento se basa en la necesidad de crear fuentes de empleo y en reconocer que, junto con la industria de la construcción (aunque requiere de grandes inversiones y programas específicos), la micro, pequeña y mediana empresas son los principales generadores de oportunidades de trabajo para la población.

 

II.4 Deberá apoyarse en campañas mediáticas en las que se haga conciencia de que el acogerse al régimen que se establezca, eliminará los calificativos estigmatizantes de "informal", "subterráneo", "ilegal" y cualquiera otro que se le parezca, provocándose un sentimiento de honradez y, con ello, la motivación para el cumplimiento cívico de las obligaciones, además de eliminarse la percepción de

 

gratuidad en los servicios sociales que el Estado les preste, por lo que se sentirán con el derecho, que lo tendrán, de exigir servicios en compensación por su contribución al desarrollo del país.

 

II.5  Es claro que para poder instrumentar un programa como el que se propone requerirá de una gestión enérgica y responsable,  apoyada en el marco jurídico que esté vigente, para enfrentar a los grupos de poder que tienen grandes intereses creados y que se oponen a ser regulados. Esta acción  deberá estar regida por un principio económico básico: INVERTIR HOY PARA RECOGER LOS FRUTOS MAÑANA.

 

II.6 En suma, debe ser prioritaria la simplificación del cálculo y el pago de las contribuciones para los Pequeños Contribuyentes a través de un sistema o "monotributo" que sustituya a las contribuciones (el impuesto sobre la renta, el impuesto al valor agregado, la seguridad social, etc.) y que su pago permita a los pequeños contribuyentes, además del cumplimiento sus obligaciones fiscales y parafiscales, el acceso formal a la seguridad social, a las becas, a  los créditos, etc.

 

II.7 Se propone fomentar la incorporación al sector formal de estos contribuyentes, a través del pago de una patente o una carta de revendedor, válida por un año, la cual es personal, no puede ser transferida bajo pena de multa o del retiro de la carta, y a partir de una nueva base gravable sobre el total facturado con rangos de impuesto de entre 1% y 3%,  o  bien de tasas variables o diferenciadas en función de la zona de actividad del contribuyente o de su nivel de ingresos anualizados.

 

II.8 Las obligaciones fiscales de este sector comercial de la economía informal y de la formal, serían recaudadas y administradas por los municipios, debiendo fomentar el desarrollo de la conciencia tributaria de este sector y también con el ejemplo, de los otros sectores formales de la economía.

 

Condiciones básicas.

 

1. El esquema que se propone deberá contar con el consenso de los tres niveles de Gobierno, en virtud de que el control de este sector de contribuyentes y la recaudación que ellos aporten, mientras más cercana (Municipio-contribuyente) será más sencilla y eficaz.

 

Dado que el control y la recaudación se harían a nivel municipal, deberá establecerse un mecanismo a través del cual, la Federación renuncie a dicha recaudación, pero reduciendo el monto de la participación estimada que de otra manera se le asignaría a la entidad federativa correspondiente.

 

Inclusive, si el Municipio de que se trate excede las expectativas de recaudación,  gracias a una eficiente actividad de control  y fiscalización, ese excedente quedaría en poder del Municipio, pero destinado a fines específicos, atendiendo a las principales necesidades de infraestructura de la región, lo que revertiría a favor de la propia población el monto de lo recaudado, cumpliéndose así el principio de la redistribución de la riqueza.

 

Hoy por hoy, el Estado no tiene una recaudación significativa respecto de dicho sector, por lo que si reduce las participaciones que otorga y elimina el costo de los controles y auditorias que lleva a cabo (con muy malos resultados, por cierto), tendría un beneficio directo inmediato, además de que podría destinar esos recursos, materiales y humanos, a vigilar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de otros sectores de contribuyentes.

 

2.  El pago de las contribuciones, y aquí se incluiría el impuesto sobre la renta del propio empresario y el de sus trabajadores, el impuesto al valor agregado, así como las contribuciones al Instituto Mexicano del Seguro Social y al INFONAVIT, deberá calcularse con base en un esquema de tributación de cuota diferenciada, considerando el tipo de actividad que llevan a cabo (comercial, de servicios, etc.),   el espacio físico (ubicación geográfica y dimensiones específicas) en el que se desarrollan las actividades y, desde luego, su nivel de ingresos.

 

Esto no es una quimera, pues los empresarios que hoy realizan su actividad en lugares fijos se sabe en qué colonia o zona de las poblaciones se ubican, y se conocen las dimensiones del lugar. Es tomar el ejemplo del impuesto predial, pero aplicado a este fin particular.

 

Ello también es posible con los empresarios que operan en los mercados sobre ruedas, en los  tianguis, en las ferias, etc., pues es de esa manera en que los líderes les cobran, sin que un solo centavo ingrese a las arcas públicas.

 

El hecho de que la cuota sea un monotributo, no debe verse como un mecanismo para cargar de manera excesiva al empresario destinatario de este régimen, sino más bien, como una oportunidad de iniciar con una incipiente recaudación, que dará frutos más adelante, conforme se genere la conciencia cívica del pago de los impuestos, que por principio genera rechazo del gobernado.

 

Se insiste, al nivel de este sector de contribuyentes, la recaudación no debe ser vista como una actividad lucrativa del Estado, sino como una medida de incorporación a amplios sectores de la población al orden jurídico, y a mejores oportunidades de desarrollo en el mediano plazo. Por ello, el monotributo deberá fijarse atendiendo primero a lograr la inclusión de los "informales" en la formalidad.

 

3. El pago del monotributo que les corresponda deberá efectuarse en una ventanilla única, de tal manera que con dicho pago se consideren cumplidas sus obligaciones respecto de las distintas contribuciones que se generen por su actividad. Esta ventanilla simplemente deberá recibir el pago aplicándolo contra la clave CURP del empresario de que se trate, y en su caso, con la clave CURP de sus trabajadores.

 

Es decir, el formato para el pago deberá ser muy sencillo, tal como lo hacen nuestros migrantes cuando, desde el extranjero, envían dinero a sus familias. No hay ciencia oculta ni complejidad burocrática, y son miles de millones de dólares los que se procesan, y miles de transacciones, y sin embargo, llegan a su destino.

 

Podrían utilizarse, inclusive, lugares de recepción tan accesibles como las oficinas de telégrafos (Bonos del Ahorro Nacional así lo hizo y logró captaciones record), gasolineras, tiendas como las que utilizan los migrantes, etc. Todo es proponérselo, pues ello generará oportunidades de negocio para estos posibles intermediarios, lo que a su vez generará utilidades gravables, creando una sinergia que beneficia a todos los involucrados y al resto del país.

 

4.  Para tener acceso a este esquema de tributación, se exigiría el registro del empresario y de sus trabajadores para obtener la clave CURP. Esto debería contar con el apoyo del INEGI, así como de otros programas de amplio alcance entre la población, como la entrega de certificados para leche y otros semejantes.

 

Mediante este registro se podrían generar nuevos padrones, así como validar y corregir los existentes, con el beneficio directo de no duplicar beneficiarios de los programas de apoyo que tiene establecidos el Gobierno.

 

5.  Se requeriría de una acción severa en contra de los que abusen del esquema, con objeto de desalentar su utilización por aquéllos a los que no está dirigida. Esta acción deberá llevarse a cabo de manera constante, pues la falta de presencia fiscalizadora estimula el incumplimiento.

 

III. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

 

Situación en México

 

El impuesto al valor agregado, adoptado de la Unión Europea desde 1980, tiene con la estructura adecuada para lograr los objetivos del impuesto al consumo por excelencia, principalmente que el consumidor final sea el único que absorba el efecto del gravamen; sin embargo, los diferentes cambios en sus tasas  han reducido en forma considerable su recaudación y han provocado problemas en el control de los contribuyentes y en las devoluciones de saldos a favor. Asimismo, se ha complicado el cumplimiento de disposiciones referentes al acreditamiento del impuesto trasladado, además de la incorporación de las obligaciones de retención.

 

Actualmente, la tasa general es del 15%; en la región fronteriza  del 10%; la tasa del cero por ciento se utiliza para productos no industrializados de primera necesidad, insumos de contribuyentes con actividades agropecuarias, exportaciones, alimentos procesados y medicinas de patente. También se maneja la mecánica de exención para: servicios de primera necesidad, educación, aspectos culturales, bienes gravados con impuestos locales y actividades en las que no hay valor agregado.

 

Situación Internacional

 

El impuesto al valor agregado en otros países es de aplicación generalizada; en la mayoría de  ellos con tasa general superior al 15% y con tasas especiales. También se utilizan tasas reducidas para alimentos, medicinas, aspectos culturales y servicios públicos.

 

En términos generales, las exenciones se aplican a servicios bancarios, seguros, intermediación financiera y bursátil, servicios médicos y de salud, educación, actividades culturales y deportivas, venta de terrenos y servicios públicos.

 

En cuanto al acreditamiento del impuesto trasladado, normalmente se efectúa contra el total del gravamen causado sin distinción de tasa.

 

La tasa del 0%  sólo se utiliza para las exportaciones.

 

Exenciones

 

Las exenciones, que tienen como objetivo proteger al consumidor, aparte de tener un impacto negativo en la recaudación producen efectos engañosos, tanto para contribuyentes como para consumidores.

 

El contribuyente exento, al no poder acreditar el impuesto trasladado en sus insumos  lo incorpora en el precio del producto o servicio, con lo que el beneficio al consumidor se disminuye.

 

Acreditamiento

 

En los últimos años, con propósitos de recaudación y de control, se ha complicado  el procedimiento establecido en la ley para acreditar el impuesto trasladado por proveedores de bienes y servicios.

 

Sería altamente para el costo administrativo de las empresas simplificar la mecánica de acreditamiento regresando a la que estuvo vigente hasta el año de 1998. Esto es: identificar los insumos de las actividades gravadas para que el  impuesto trasladado por los proveedores de dichos insumos sea totalmente acreditable.

 

Tasa del cero por ciento

 

La tasa del cero por ciento cumple su cometido en las exportaciones y el problema se localiza, entonces, en su utilización en alimentos procesados y medicinas de patente. Cabe mencionar que estos productos estuvieron gravados a la tasa general en los tres primeros años de vigencia de la ley y después quedaron sujetos a la tasa del seis por ciento durante cinco años. Posteriormente, durante el año de 1988, en forma provisional quedaron exentos y a partir de 1989, también en forma provisional, se les aplicó la tasa del cero por ciento en disposiciones transitorias renovadas en forma anual. Finalmente, a partir de 1996 se incorporaron en la ley con la citada tasa del cero por ciento.

 

Según datos de la Secretaría de Hacienda, aportados por la Subsecretaría de Ingresos a la Unidad de Estudios de Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados (UEFP), en la actualidad sólamente el 55 por ciento del consumo está gravado con IVA (incluida una tasa del 10 por ciento en la zona fronteriza) y con ello se recauda el 3.5 por ciento del PIB. Si la eficiencia de la recaudación fuera óptima, cabría esperar que al gravar el restante 45 por ciento del consumo, se captarían recursos equivalentes al 2.9 por ciento del PIB.

 

Cifras del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas, de la H. Cámara de Diputados, considerando  el consumo nacional habido en 2001, la estructura de tasas y regímenes especiales del IVA, así como la eficiencia recaudatoria obtenida, proyectaron los impactos, en términos de recaudación y de impacto social, de posibles modificaciones al sistema de cobro del IVA.

 

Así, la aplicación de la tasa del 15 por ciento a Alimentos y Medicinas (régimen de tasa cero), generaría una recaudación efectiva de cerca de 121 mil millones de pesos, equivalentes al 2 por ciento del PIB. Esta medida, sin embargo, contiene un

 


grado importante de regresividad, toda vez que el impacto más desfavorable recaería sobre los estratos de la población de menores ingresos.

 

En el caso de gravar directamente los bienes y servicios que actualmente se encuentran "exentos", se captaría en forma efectiva alrededor de 104 mil millones de pesos, que significan el 1.7 por ciento del PIB. A diferencia del escenario anterior, el impacto sobre la población se incrementaría en la medida en que el nivel de ingresos es mayor.

 

En el escenario de eliminar la tasa de 10% en la frontera, así como los regímenes especiales y únicamente manteniendo en tasa "0" una canasta de 10 productos de consumo básico, la hacienda federal podría captar 171 mil millones de pesos, adicionales a los presupuestados en la Ley de Ingresos 2001.

 

Esta medida también implicaría que el mayor costo tuviera que ser absorbido por los estratos de la población de mayores ingresos, toda vez que los grupos de menores recursos compensarían, en parte, dicho impacto al mantener en tasa cero la canasta de básicos, misma que constituye una cuarta parte de su gasto total.

 

Si se decidiera reducir el IVA del 15% al 13%, eliminando las tasas diferenciadas y los regímenes especiales, es decir, ampliando la base gravable del IVA, se podrían captar 167 mil millones de pesos (2.7 por ciento del PIB), adicionales a los estimados para el 2001. Si bien la medida afectaría significativamente el consumo de todas las familias mexicanas, tendría efectos más desfavorables entre la población más pobre. Si en este escenario se decidiera bajar la tasa al 13% sin modificar la base gravable de contribuyentes, el costo directo sería una reducción de más de 27 mil millones de pesos, que se compensarían con una mayor eficiencia recaudatoria. Con todo, el mayor beneficio sería para los estratos más ricos.

 

Finalmente, se determinó que el costo fiscal de mantener una tasa del 10% en la frontera, asciende a poco más de 6 mil millones de pesos.

 

En suma, las propuestas que busquen eliminar los regímenes especiales del IVA, deberán evaluar con toda precisión su impacto social, buscando distribuir de la mejor manera la carga tributaria creando mecanismos que restablezcan en los sectores menos favorecidos de la población, el impacto económico que les representaría el gravamen a los alimentos, medicinas y productos exentos.

 

Apuntado lo anterior, como muestra de la complejidad del tributo estudiado, en materia del IVA la CANACINTRA hace las siguientes PROPUESTAS:

 

   

III.1 Tratando de atender al objetivo de incrementar la recaudación y a la tendencia internacional, agudizada por la globalización, de elevar los impuestos al consumo y disminuir el impuesto directo, se propone, sin olvidar su efecto social, gravar los alimentos procesados y las medicinas de patente a una tasa reducida, que podría ser del 5% por ciento, pudiendo incrementarse en forma paulatina en varios años. Asimismo, en forma temporal, gravar al 0% un "paquete de productos básicos", que determine el H. Congreso de la Unión, que incluya a los alimentos en estado natural, de origen animal y vegetal, así como algunos productos industrializados, como la tortilla, el pan y la leche y medicinas del cuadro básico del Sector Salud.

III.2 Por lo tanto,  en este rubro,  proponemos que la tasa general se homologue al 10%, y que, a futuro, la del 0% a los alimentos del paquete básico  y  las medicinas se incremente un 4% ó 5% y, a la vez aplicarle el tributo a una gama más amplia de actividades que ahora no están gravadas. Además, debe considerarse aquí, de manera importante, que si bien es cierto que esto eliminaría el beneficio que obtienen los estratos económicos más altos, también lo haría con la población inmersa en la llamada economía informal, misma que actualmente se beneficia de este esquema. Desde luego la tasa del 0% a las exportaciones, directas e indirectas, debe permanecer

Paralelamente a lo anterior, nos pronunciamos por la elaboración de un plan diseñado con seriedad, con visión de Estado, con imaginación y patriotismo que obligue al mejoramiento sustantivo del sistema recaudatorio,  transformándolo en uno verdaderamente eficiente y moderno, pero económico, productivo, sencillo y adecuado a las posibilidades de los contribuyentes. Es decir: diferentes reglas para los diferentes.

 

III.3 También proponemos gravar, con tasa reducida, las actividades siguientes: arrendamiento de casa habitación; el transporte público terrestre de personas; la enseñanza; las actividades culturales; los servicios profesionales de medicina; y los intereses cobrados por bancos. La tasa podría ser del 5%, probablemente con incorporación e incremento gradual en varios años.

 

Esta propuesta, que consideramos de enorme trascendencia para las finanzas del Erario, la sustentamos en una serie de estudios profundos que varios y prestigiados organismos, tanto de profesionales (IMCP, IMEF) como de algunos no gubernamentales (OCDE, SEPAL) han realizado al respecto, incluyendo a la propia SHCP y que, con determinados matices y diferencias,  han arrojado resultados bastante similares. 

IV. IMPUESTO AL ACTIVO

 

IV.1 Abrogación del Impuesto al Activo. El objetivo del IMPAC es el buscar garantizar un pago mínimo por parte de las empresas en razón del carácter complementario que guarda respecto del impuesto sobre la renta. Sin embargo, es un impuesto que inhibe la inversión productiva, la modernización de la planta industrial e incrementa el costo administrativo de los contribuyentes por lo que, su supuesta importancia controladora-recaudatoria, no justifica claramente sus resultados y sí, en cambio, provoca enormes distorsiones e inequidades dentro del sistema fiscal. Por lo anterior, se propone la abrogación de la Ley del Impuesto al Activo.

 

La  eliminación del impuesto al activo resultaría  de tremenda importancia pues le ahorraría una carga excesiva a las empresas que están sufriendo crisis financieras, ya que, por lo anterior, y por su complejidad de carácter técnico lo convierten en un impuesto injusto para grandes capas de medianos y pequeños  contribuyentes.

 

Además, consideramos necesaria la eliminación del impuesto al activo, como un impuesto mínimo a cargo de diversos contribuyentes, por razones tanto de carácter constitucional, como por aspectos técnicos y económicos que comentamos a continuación.

 

Resulta cuestionable la forma en que se determina la base del impuesto, ya que en vez de gravar los activos netos de los contribuyentes, entendidos éstos como la diferencia de los activos menos sus pasivos, el impuesto se calcula sobre una cantidad que sólo contempla la disminución de ciertos pasivos y no de todos los existentes, lo cual necesariamente provoca una distorsión en la base del impuesto.

 

Por otro lado, la propia conformación del impuesto que permite la disminución de ciertos pasivos, lejos de provocar la estructuración sana de los negocios en el país, llega a fomentar la contratación de pasivos provocando en muchas ocasiones posiciones financieras débiles en diversos contribuyentes.

 

Además, en épocas de crisis económicas en donde los contribuyentes registran pérdidas operativas y fiscales en el impuesto sobre la renta, el impuesto al activo viene a complicar aún más su situación, puesto que en lugar de utilizar todos sus recursos para el saneamiento de la empresa, cantidades significativas deben destinarse al pago de este impuesto, que si bien es factible de recuperarse en el futuro y bajo ciertas circunstancias, sin duda provoca un incremento en la carga financiera de los negocios, pudiendo llegar a representar un gasto en definitiva si no logra recuperarse.

 

Por lo anterior consideramos necesaria la eliminación del impuesto al activo, tributo que desalienta la inversión y que en realidad carece de un peso específico en la recaudación federal.

 


V. SUSTITUCION DEL IMPUESTO SOBRE LA TENENCIA O USO DE VEHICULOS

 

Este impuesto únicamente genera el 1.6% de la recaudación total; su evasión es sumamente alta, su administración resulta muy cara para las Entidades Federativas, si bien su monto forma parte importante de sus finanzas. Su evasión es alta debido también al gran número de vehículo "chocolates" que circulan por nuestro territorio.

 

Se propone su abrogación pero a fin de no dañar las finanzas estatales, incrementar el impuesto especial sobre producción y servicios en los centavos por litro de gasolina que fueran necesarios para resarcir a las entidades. El costo de recaudación no sería significativo, ya que PEMEX-Refinación efectúa ya esta labor en beneficio del Fisco Federal, por lo que sólo se tendrían que modificar las "estructuras de precios" de la paraestatal, la que enteraría directamente lo recaudado, en cada uno de sus territorios, a las tesorerías estatales.

 

VI. REGIMEN FISCAL DE PETROLEOS MEXICANOS

 

El tema de la Reforma Fiscal no estaría completo si no se contemplan cambios urgentes al régimen tributario de Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios. Independientemente de lo complejo o sencillo que se pretenda hacer dicho régimen, es indispensable reducir su carga fiscal, o sea, que el Fisco Federal le deje los suficientes recursos para atender sus necesidades de crecimiento y que sean permanentes, sanos y robustos para facilitar a la empresa un planeación a largo plazo.

 

VII. IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS

 

VII.1 Abrogarlo o revisarlo a fondo. Este complejo impuesto, adicional al consumo, tiene como única justificación  la recaudatoria; además, se causa (en forma encadenada) en distintas etapas de la producción y los servicios complicándose el cumplimiento para los contribuyentes, y su administración para el fisco federal.

 

Actualmente están gravadas la importación y enajenación de: gasolina, diesel y gas natural para uso automotriz; bebidas alcohólicas; cerveza y bebidas refrescantes; tabacos labrados;  así como la prestación de servicios de telecomunicación y conexos.  

 


Sería de enorme utilidad para la industria, sobre todo, desde un punto de vista económico-competitivo, que este impuesto injusto desapareciera agravado, además, porque forma parte de la base del IVA, debido a que las actividades gravadas son también objeto de este impuesto.

 

Pero si, por motivos recaudatorios, su eliminación no fuera posible entonces sería justo que sólo sea causado en una etapa y, además, que se eliminara del objeto del impuesto a la enajenación de bebidas refrescantes que fue introducida en la ley a partir de 2002.

 

La actividad de mayor importancia, para este gravamen, es la importación y enajenación de gasolina, diesel y gas natural, afectando en consecuencia los costos de producción, por lo que sus implicaciones tienen que ver con la competitividad interna y externa de las empresas nacionales.

 

 

VIII. IMPUESTO SOBRE AUTOMOVILES NUEVOS

 

VIII.1 Derogarlo por antieconómico.  Este impuesto, el último de los indirectos federales, seguramente por el reducido mercado nacional de automóviles, no tiene mayor impacto en la recaudación; no obstante, a nivel de cada operación de adquisición de vehículos, su influencia es significativa, pues la tarifa progresiva es alta, además de que toma como base, en su caso, el impuesto de importación y, a su vez, es base del impuesto al valor agregado.

 

Como incentivo al consumo nacional,  proponemos  suprimirlo.

 

Dado el caso, considerando que aun cuando siendo federal su recaudación se canaliza totalmente a las entidades federativas, se tendría que estudiar su efecto económico en las formulas de distribución en la coordinación fiscal.

 

IX. IMPUESTO SUSTITUTIVO DEL CREDITO AL SALARIO (ISCAS)

 

            IX. 1 Eliminarlo por ilegal.

 

En general, máxime en estos tiempos, la razonabilidad y validez constitucional de la existencia de los impuestos a las nóminas a cargo de los patrones Ðy el ISCAS lo es-, es bastante cuestionable, toda vez que se trata de un gravamen al gasto y no a la generación de riqueza o de ingresos.

 


Particularmente toma actualidad esta circunstancia, debido a que si se desea efectivamente fomentar la inversión productiva y la creación de nuevos empleos, entonces resulta  un verdadero contrasentido que existan cargas tributarias adicionales sobre aquellos conceptos que se pretende se vean fomentados, como es el caso de los empleos.

 

Si bien este tipo de gravámenes únicamente "se justifica" por la necesidad imperiosa de fortalecer las finanzas públicas federales, estatales y municipales, en una situación en donde es de vital importancia la creación de empleos en el país, debe eliminarse cualquier obstáculo para tal objetivo. Por ello, proponemos la eliminación del ISCAS y de los impuestos a las nóminas, en general, considerando que en el corto plazo los ingresos tributarios, tanto federales como estatales y municipales, se verán incrementados sustantivamente pues debemos apostar al éxito de las reformas tributaria y hacendaria que están en puerta.

 

 

 

CONCLUSIONES

 

PRIMERA. Es claro que la tendencia internacional es la de recaudar más y mejor, desarrollando sistemas mediante los cuales los impuestos al consumo prevalezcan sobre los impuestos al ingreso, lo cual permite a los particulares y a los gobiernos la formación de fondos de ahorro muy importantes

 

SEGUNDA. Resulta vital para las finanzas públicas atacar con éxito la elusión y la  evasión fiscales. Combatir a fondo el contrabando y la piratería. Atraer a la enorme masa de potenciales contribuyentes, que navegan en la economía informal, es de capital importancia para la economía y para el desarrollo de una cultura cívica y fiscal necesaria para la salud de la República y para su gobernabilidad. Ello puede lograrse, al mediano y largo plazos, si se implementa un sistema recaudatorio, justo e inteligente,  dirigido a los micro y pequeños empresarios.

 

Las obligaciones fiscales de este sector comercial de la economía informal, serían recaudadas y administradas por los municipios, debiendo fomentar el desarrollo de la conciencia tributaria de este sector y también con el ejemplo de los otros sectores formales de la economía.

 

TERCERA.  El esquema de retenciones del ISR a los asalariados debe simplificarse mediante la integración de una sola tarifa que contemple bastantes rangos de ingresos y tasas verdaderamente progresivas.

 

 

 

 


CUARTA. Debe entenderse, de acuerdo a la historia y a la experiencia, que a menores tasas de recaudación su correspondiente es un mayor volumen de ingresos fiscales.

 

QUINTA. El Impuesto al Valor Agregado (IVA) en México, inició su vigencia en 1980, como parte de las acciones llevadas a cabo dentro de la Reforma Fiscal Integral, que incluyó dos medidas adicionales de gran trascendencia: reformas al Impuesto sobre la Renta (ISR) y la entrada en vigor de una nueva Ley de Coordinación Fiscal.

 

 En la actualidad, el sistema de causación del IVA incluye una tasa general de 15 por ciento aplicable en todo el país; una tasa del 10 por ciento en la zona fronteriza; una

 

tasa del cero por ciento para alimentos básicos y medicinas y para la exportación directa e indirecta; y un régimen de exención para determinados bienes y servicios de consumo generalizado.

 

Comparativamente con otros países, México posee una estructura de tasas y regímenes preferenciales más amplio, hecho que es calificado como una de las causas más importantes de perder ciertas ventajas inherentes a un impuesto de esta naturaleza. Por lo mismo, este gravamen debe ver homologada su tasa general al 10% y simplificar su mecánica de acreditamiento.

 

SEXTA. Considerando la estructura de tasas y regímenes especiales del IVA, así como la distribución del gasto de las familias, en promedio, solamente el 48 por ciento del gasto familiar en México está sujeto al pago de la tasa general; 28 por ciento corresponde a productos bajo el régimen de tasa cero y el 24 por ciento restante a bienes y servicios exentos.

 

SEPTIMA. En términos de monto de la recaudación, el IVA es el segundo impuesto federal más importante para la hacienda pública federal, sólo detrás del ISR. Considerando la recaudación estimada en la Ley de Ingresos 2001, durante el periodo 1980-2001, el IVA aportó en promedio el 30.1 por ciento de los ingresos tributarios del Gobierno Federal.

 

OCTAVA. La eficiencia recaudatoria del IVA ha sido más elevada en las épocas en que ha estado vigente una menor tasa. En efecto, con una tasa del 10 por ciento, el coeficiente de eficiencia se ubicó en 0.26 puntos de PIB por cada punto de tasa, en tanto que con una tasa del 15 por ciento, el coeficiente fue de 0.21 puntos de PIB por cada punto de tasa.

 

 

El promedio del periodo 1980-2001, señala que cada punto de tasa del IVA significó recaudar 0.23 puntos del PIB, cifra inferior al promedio de América Latina de 0.37 puntos del PIB por cada punto de tasa, y de países como Chile que es de 0.49 puntos.

 

Con  base  en  la  información  de  consumo final total, en un escenario sin tasas diferenciadas ni regímenes especiales, el IVA potencial que podría recaudarse en México representaría el 11.9 por ciento del PIB. Sin embargo, al estar gravado sólo el 48 por ciento del consumo, el IVA teórico potencial para este grupo de bienes y servicios asciende al 5.7 por ciento del PIB. Por lo que, al considerar la recaudación estimada promedio en ejercicios inmediatos anteriores, se obtiene una eficiencia de recaudación  del 59.3 por ciento, es decir, que de cada peso que se pudo recaudar, solo se captaron 59 centavos.

 

NOVENA. Por todo lo anteriormente señalado, en materia del IVA,  La CANACINTRA se pronuncia porque se grave, con una tasa reducida, a los alimentos industrializados y a las medicinas de patente, siempre y cuando la tasa general, incluyendo las zonas fronterizas, se establezca  al 10% y la del 0% a las exportaciones se mantenga.

 

DECIMA. EL Impuesto al Activo debe desaparecer porque inhibe la inversión productiva y porque daña seriamente a los contribuyentes cuando éstos pasan por periodos de baja actividad económica y, sobre todo, por su complejidad técnica, a los de baja capacidad administrativa. 

 

DECIMA PRIMERA. Por injusto y anticompetitivo, el impuesto sobre producción y servicios debería derogarse pero si ello no es posible, por lo menos, debiera ajustarse para que en todos los casos el impuesto se cause en una sola etapa, ya sea que se trate del productor, envasador o importador. Un beneficio indudable de esta instrumentación, además de lo antes expuesto, sería tanto para la simplificación en el cumplimiento de las obligaciones a cargo de los contribuyentes del impuesto, como a las autoridades fiscales que tendrían una carga fiscalizadora mucho más sencilla y efectiva.

 

En resumen se recomienda que este impuesto se cause en una sola etapa y que se elimine, como objeto del gravamen, a las actividades de enajenación de bebidas refrescantes y a la prestación de servicios de telecomunicación.

 

DECIMA SEGUNDA. El impuesto sobre automóviles nuevos debería también ser abrogado por su baja capacidad tributaria y porque ello incentivaría el mercado automotriz

 

DECIMA TERCERA. El Impuesto Sustitutivo del Crédito al Salario es anticonstitucional y debe desaparecer.

 

DECIMA CUARTA. El objetivo de la Reforma Fiscal debe ser el actuar simultáneamente sobre la eficacia económica y la justicia social más bien que oponerlos una a la otra. La cuestión no consiste  en saber si un Gobierno lo hace mejor que el precedente en materia fiscal, sino si lo hace mejor que sus vecinos y competidores. Todo gobierno moderno debe tener la mirada clavada sobre las comparaciones internacionales y garantizar que México no disminuya en materia de competitividad fiscal.

 

Recientemente, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) urgió la aplicación de reformas estructurales en México, sobre todo en el rubro fiscal, a fin de que pueda insertarse en la globalización mundial y ser más competitivo.

 

La reforma fiscal no debe ser un proceso inmediato ("lo verdaderamente importante no debe ser urgente") sino tomar varios años, ya que significa cambios no sólo en la legislación fiscal, sino en la estructura tributaria en su conjunto y en las respuestas de los contribuyentes. Desde luego, ello no se opone al imperativo de la coyuntura por lo que, con imaginación y patriotismo se puede ir construyendo de inmediato un sistema fiscal moderno y global, que sea la columna vertebral de una economía nacional mexicana  más sana y robusta, incluyente y distributiva,  y  promotora  de largo aliento de la inversión, el ahorro, la educación, la ciencia y la tecnología .

 

 

 

ATENTAMENTE

 

 

 

 

LIC. YEIDCKOL POLEVNSKY GURWITZ

PRESIDENTA NACIONAL

 

 

 

 

 

      LIC. ALFREDO CAMHAJI SAMRA                     C. P. JOSE LUIS LEMUS ESPINOSA

DIRECTOR DEL CENTRO DE ESTUDIOS ECONOMICOS                          PRESIDENTE DE LA COMISION FISCAL