DEUDAS
PERDONADAS O
NO CUBIERTAS PARA
EFECTOS DEL ISR
Ingresos derivados de deudas no cubiertas por el contribuyente
n
Se incorpora el momento de acumulación a partir
de la nueva Ley del ISR. (01/01/02)
n
Que es INGRESO?
Si hay INGRESO?
n
La Ley no define qué es INGRESO?, Viola el principio
de legalidad?
De los demás INGRESOS que obtengan las personas fisicas
n
Se entiende que, entre otros, son ingresos en
los términos de este capítulo los siguientes:
n
El importe de las deudas perdonadas por el acreedor o
pagadas por otra persona.
Concepto de INGRESO
n
Enrique Calvo Nicolau:
n
Toda cantidad que modifique de manera positiva el haber
patrimonial de una persona constituye un
ingreso.
LEY DE ISR (1964)
n
La Ley de 1964 Gravaba los ingresos en efectivo, en especie
o en crédito, que modificaran el patrimonio del contribuyente
Jurisprudencia (1938)
n
Por tal debe entenderse la percepción real y no
la virtual, que aumente el patrimonio del causante, por lo que la Ley del
Impuesto sobre la materia la grava en el momento en que se obtiene.
Viola el principio de Legalidad
n
Fernando Vázquez Pando:
n
La Ley del Impuesto Sobre la Renta en ningœn caso define
al ingreso, lo cual resulta claramente violatorio del principio de legalidad
que, por mandato constitucional, debe presedir al derecho tributario
No acumulación de INGRESOS por deudas condonadas
n
Disposición transitoria 2002 (XLVI)
n
Reestructuración de créditos o de enajenación
de bienes muebles e inmuebles, certificados de vivienda, por dación
en pago o adjudicación judicial o fiduciaria, cuando se trate de créditos
otorgados por contribuyentes que por disposición legal no puedan conservar
los bienes recibidos.
No acumulación de INGRESOS por deudas condonadas
n
ònicamente créditos otorgados hasta el 31 de diciembre
de 1994.
n
Las personas morales deberán disminuir el importe
de las deudas que les fueron perdonadas contra las pérdidas del
ejercicio que se determinen en los términos del artículo
61 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
n
Cuál es el beneficio?
Deudas perdonadas a contribuyentes en concurso mercantil
n
Los contribuyentes sujetos a un procedimiento de consurso
mercantil, podrán disminuir el monto de las deudas perdonadas conforme
al convenio suscrito con sus acreedores reconocidos, en los términos
establecidos en la Ley de Concursos mercantiles, de las pérdidas pendientes
de disminuir que tengan en el ejercicio en el que dichos acreedores les perdonen
las deudas citadas.
Deudas perdonadas a contribuyentes en concurso mercantil
n
Cuando el monto de las deudas perdonadas sea mayor a
las pérdidas fiscales pendientes de disminuir, la diferencia que resulte
no se considerará como ingreso acumulable
Deudas perdonadas a contribuyentes en concurso mercantil
n
Es materia de amparo, para los demás contribuyentes?
n
Contribuyentes que no tienen pérdidas pendientes
de disminuir, le aplica la disposición?
Conclusiones:
n
El monto de las deudas perdonadas o no cubiertas por
el acreedor, no constituye ingreso.
n
Los contribuyentes que tengan pérdidas pendientes
de amortizar no les es aplicable el artículo 16 bis del la Ley del
ISR vigente.