Análisis y opinión

 

13 de febrero de 2002


Constitución y hacienda pública

Columna Los Especialistas
Luis M. Pérez de Acha
EL UNIVERSAL
Miércoles 13 de febrero de 2002
Finanzas

Los postulados de legalidad, proporcionalidad y equidad tributarias son principios constitucionales, cuya eficacia en favor de los gobernados requiere de su respeto constante e irrestricto, tanto del Poder Legislativo, al establecer las cargas a los contribuyentes como del Poder Ejecutivo, cuando expide los reglamentos fiscales y cuando desempeña, por conducto de las autoridades hacendarias, sus funciones fiscalizadoras y de recaudación. Lo mismo cabe afirmar respecto del Poder Judicial, aunque con la peculiaridad que él lo hace al decidir sobre la validez o invalidez constitucional de ordenamientos legales, o bien al determinar la interpretación y los alcances de los contenidos normativos de las leyes fiscales.

Lo anterior significa que la potestad tributaria del Estado se encuentra limitada estructural y frontalmente por los citados principios constitucionales, lo cual implica que ningún órgano del Estado puede actuar de manera arbitraria en contra de los contribuyentes ni, por ende, expoliar el patrimonio de los gobernados. Dichos principios de ninguna manera dan un pretexto a los contribuyentes para actuar impunemente en perjuicio de la hacienda pública, pues los mismos presuponen tanto la obligación de los gobernados de contribuir al gasto público como el correlativo derecho de la hacienda pública, para que los particulares le transfieran una parte de su patrimonio.

Los dos extremos de la relación tributaria derecho del Estado y obligación de los contribuyentes encuentran su equilibrio en el concepto de justicia fiscal, acorde con el cual, el establecimiento de contribuciones y de sus elementos esenciales corresponde en exclusiva al Poder Legislativo, tomando en consideración la capacidad contributiva de los gobernados y tratando igual a los iguales y desigual a los desiguales. Cuando el equilibrio implícito en el concepto de justicia fiscal se rompe, sea por actuaciones arbitrarias de los órganos del Estado o por conductas ilegales de los contribuyentes, la entidad perdedora es la hacienda pública.

Por lo tanto, el trabajo y las funciones de los órganos del Estado deben encaminarse a fortalecer la hacienda pública, a partir del texto constitucional que obliga a los gobernados a contribuir al gasto público, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes. Para lograr este cometido, es necesario definir cuáles son las áreas de oportunidad que hagan factible el mejoramiento de la hacienda pública.

Así, por ejemplo, en el ámbito legislativo debe reflexionarse sobre los efectos cuantitativos y cualitativos que el impacto tributario global, representado por la suma de las diferentes contribuciones federales, estatales y municipales, tiene sobre el patrimonio de los gobernados, en busca de un esquema federal que, a la vez que fortalezca la finanzas públicas, no sea asfixiante para los contribuyentes.

Por otra parte, la aplicación de una correcta técnica legislativa en la redacción de los textos legales es indispensable en el ámbito tributario, y así lo demuestra el desaseo de la reforma fiscal, recientemente aprobada por el Congreso federal, lo que hace necesario fortalecer el trabajo legislativo en esa materia en favor de la efectividad recaudatoria de la hacienda pública y de la seguridad jurídica de los contribuyentes.


En lo que respecta al Poder Ejecutivo, debe analizarse la manera de mejorar el sistema de administración tributaria, en búsqueda e implantación de procedimientos administrativos modernos, ágiles y sencillos no sólo para los contribuyentes, sino también para las propias autoridades fiscales. En ese sentido, por ejemplo, habría que estudiar la conveniencia de eliminar de las leyes fiscales todo tipo de requisitos formales que, por excesivos e innecesarios, entorpecen las labores fiscalizadoras y recaudatorias de la Secretaría de Hacienda. Los criterios jurídicos sustentados en esta materia por los tribunales federales podría ser altamente aleccionador.

En lo que hace al Poder Judicial, la reflexión tendría una tónica diferente, a partir del papel que los tribunales federales han asumido en la determinación de la validez o invalidez constitucional de la leyes fiscales expedidas por el Poder Legislativo. La experiencia de los últimos años demuestra que algunas de esas leyes han sido anuladas por la Suprema Corte de Justicia, como fue el caso de las reformas legales vigentes a partir de 1999. De ahí que, a efecto de medir adecuadamente el impacto recaudatorio de las leyes fiscales, sea aconsejable analizar las tendencias jurisprudenciales en el ámbito tributario.

Las posibilidades de mejorar el sistema tributario de nuestro país son reales. El reto será identificarlas para trabajar en ellas con el fin de robustecer la hacienda pública de los niveles de gobierno federal, estatal y municipal. Empezar a hacerlo es la mejor opción para México.